Decreto No. 205-03 que suprime los Artículos 1, 7, 8, 9, 11 y 12 del Decreto No.
180-03, que modificó el Reglamento No. 599-01.
G.O. 10206
HIPÓLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 205-03
CONSIDERANDO: Que en fecha 10 de mayo del año 2000, fue promulgada la Ley sobre Propiedad Industrial No. 20-00, al tenor de los compromisos asumidos por el Estado Dominicano por ante la Organización Mundial del Comercio, de manera particular en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC);
CONSIDERANDO: Que en fecha 11 de agosto de 2000, entró en vigencia el Decreto No. 408-00, que instituyó el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 20-00, sobre Propiedad Industrial, el cual fue derogado y sustituido por el Decreto No. 599-01 de fecha 1 de junio de 2001;
CONSIDERANDO: Que en fecha 3 de marzo de 2003, entró en vigencia el Decreto No. 180-03 que modifica el Reglamento 599-01, de fecha 1 de junio de 2001, de Aplicación de la Ley No. 20-00 sobre Propiedad Industrial;
CONSIDERANDO: Que una revisión del Decreto No. 599-01 ha determinado la necesidad de modificar parcialmente algunas de sus disposiciones para fortalecer la implementación de la Ley No. 20-00, sobre Propiedad Industrial y evitar violaciones a la misma;
VISTA la Ley No. 20-00 sobre Propiedad Industrial de fecha 10 de mayo del año 2000, su Reglamento de Aplicación No. 599-01, de fecha 1ero. de junio del año 2001 y el Decreto No. 180-03 del 3 de marzo del año 2003.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se suprimen íntegramente los Artículos 1, 7, 8, 9, 11 y 12 del Decreto 180-03 del 3 de marzo de 2003, que modificó el Reglamento No. 599-01, fecha 1ro. de junio del 2001.
ARTICULO 2.- El presente decreto modifica en las partes antes señaladas el Decreto No. 180-03 de fecha 3 de marzo del año 2003, así como cualquier otra disposición que le sea contraria.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil tres (2003); año 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPÓLITO MEJIA