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Ley que declara a los Cultivos, Crianzas Nativas y Especies Silvestres Usufructuadas Patrimonio Natural de la Nación (Ley N° 28477 de 22 de marzo de 2005), Perú

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Detalles Detalles Año de versión 2005 Fechas Entrada en vigor: 25 de marzo de 2005 Adoptado/a: 22 de marzo de 2005 Tipo de texto Otras textos Materia Otros

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LEYN2 284n

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA ALOS CULTIVOS, CRIANZAS NATIVAS YESPECIES SILVESTRES

USUFRUCTUADAS

NATURAL DE LA NACI6N

Articulo 12.-De los objetivos de la Ley Declaranse a los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas Patrimonio Natural de la Nacion.

Articulo 22.-De los cultivos, crianzas natlvas y especies silvestres usufructuadas Patrimonio Natural de la Naci6n

Consideranse cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas Patrimonio Natural de la Nacion, a los que se indican en la presente Ley y los que posteriormente apruebe el M inisterio de Agricultura por resolucion ministerial.

Articulo 32.-De la difusi6n, conservaci6n y promoci6n

Encargase al Ministerio de Agricultura, en coordinacion con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras entidades publicas y privadas, la responsabilidad del registro, la difusion, conservacion y promocion del material genetico, el fomento de las actividades de produccion, industrializacion, comercializaci6n y consumo interno y externo de los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas detalladas en el Anexo de la presente Ley, dentro de un enfoque de sostenibilidad y sustentabilidad. EI Ministerio de Agricultura 10 ejecutara con cargo a su Presupuesto del ejercicio fiscal que corresponda.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.-Deroganse las disposiciones legales que se contrapongan a la presente Ley.

SEGUNDA.-La presente Ley entrara en vigor al dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial EI Peruano.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de. la Republica, de conform idad con 10 dispuesto por el articulo 1082 de la Constituci6n Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veintid6s dras del mes de marzo de dos mil cinco.

ANTERO FLORES-ARAOZ E.

Presidente del Congreso de la Republica

NATALE AMPRIMO PLA

Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

ANEXO CULTIVOS, CRIANZAS NATIVAS Y ESPECIES SILVESTRES USUFRUCTUADAS QUE SE CONSTITUYEN PATRIMONIO NATURAL DE LA NACION

a) CULTIVOS NATIVOS

NOMBRE COMUN -NOMBRE CIENTIFICO

  1. Achiote: Bixa orellana
  2. Achira: Canna indica
  3. Aguaymanto: Physalis peruviana
  4. Aji amarillo: Capsicum baccatum
  5. Aji piment6n: Capsicum annuum
  6. Caigua: Cyclanthera pedata
  7. Camote: Ipomoea batatas
  8. Camu camu: Myrciaria dubia
  9. Caiiihua: Chenopodium pallidicaule
  10. Cascarilla 0 quinua: Cinchona officinalis (distrlbuci6n: Amazonia alta hasta los 3500 m); Cinchona pubescens (distribucion: Amazonia baja y alta hasta los 3500 m); Cinchona spp.
  11. Faique 0 Huarango: Acacia huarango
  12. Frijol fiuiia: Phaseolus vulgaris
  13. Gatupa: Passiflora pinnatistipula
  14. Huacatay: Tagetes minuta
  15. Kiwicha: Amaranthus Caudatus
  16. Llac6n: Smallanthus sochifolius
  17. Loche: Cucurbita moschata
  18. Maca: Lepidium meyenu
  19. Maiz Blanco Gigante: Zea mays
  20. Maiz Morado: Zea mays
  21. Mashua: Tropaeolum tuberosum
  22. Mauca: Mirabilis expanda
  23. Oca: Oxalis tube rosa
  24. Olluco: Ullucus tuberosus
  25. Paico: Chenopodium ambrosioides
  26. Papa comun: Solanum tuberosum

NOMBRE COMUN -NOMBRE CIENTiFICO

  1. Papa amarga: Solanum juczepczuku
  2. Papa amarilla: Solanum goniocalyx
  3. Papa ayanhuiri: Solanum ajanhuiri
  4. Papa fureja: Solanum phureja
  5. Papa Huayro: Solanum x chaucha
  6. Papa patiquina: Solanum stenotomum
  7. Papa rucki: Solanum curtilobum .
  8. Papa tropical: Solanum hygrothermicum
  9. Quinua: Chenopodium quinoa
  10. Rocoto: Capsicum pubescens
  11. Sacha inchi: Plukenetia volubilis
  12. Sacha mango: Grias peruviana
  13. Sacha oca: Maranta arundinacea
  14. Sachapapa: Dioscorea trifida
  15. Sauco peruano: Sambucus peruviana
  16. Tuna: Opuntia ficus-indica
  17. Una de gato: Uncaria tomentosa, Uncaria guia

nensls

  1. Yuca: Manihot esculenta
  2. Zinnia: Zinnia peruviana

b) CRIANZAS NATIVAS

NOMBRE COMUN -NOMBRE CIENTiFICO

  1. Cuy: Cavia porcellus
  2. Alpaca: Lama pacos
  3. Llama: Lama glama

c) ESPECIES DE FAUNA SILVESTRE USUFRUCTUADAS

NOMBRE COMUN -NOMBRE CIENTiFICO

  1. Chinchilla: Chinchilla lanigera
  2. Guanaco: Lama guanicoe
  3. Huangana: Tayassu pecari
  4. Majaz: Agouti paca
  5. 050 de anteojos: Tremarctos omatus
  6. Pecari: Pecarf tajacu
  7. Venado Rojo: Mazama americana
  8. Vicuna: Vicugna vicugna
  9. Viscacha: Lagidium peruanum
  10. Zorro de Sierra: Pseudalopex culpaeus
  11. Taruca: Hippocamelus antisensis

06163


Datos no disponibles.

N° WIPO Lex PE045