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Proceso 257-IP-2022, aplicación del criterio jurídico interpretativo del acto aclarado, es aplicable al mecanismo procesal de la interpretación prejudicial del ordenamiento jurídico comunitario andino, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina y artículo 123 de su Estatuto (Acto aclarado: Artículos 14, 16 (incisos 1 y 2), 18, 30 (inciso 1) y 45 (incisos 2 y 3) de la Decisión 486 - «Régimen Común sobre Propiedad Industrial»). Temas: 1) Las reivindicaciones y el análisis de patentabilidad. El requisito de claridad y concisión. 2) El trámite de solicitud de patentes en la Decisión 486. El examen de forma. El examen de patentabilidad. 3) Notificación de informes técnicos. 4) La potestad a la oficina de patentes para solicitar un informe de expertos o de organismos científicos o tecnológicos. 5) Notificación de informes técnicos en el marco de un procedimiento de nulidad de una patente.