El carácter descriptivo de una marca no se restringe a vocablos en idioma español, sino también a vocablos en lengua extranjera cuya traducción corresponda a palabras no registrables, por lo que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial está facultado para realizar la traducción de los vocablos en idioma extranjero propuestos a registro a fin de determinar la procedencia de la inscripción