El Secretario General de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) presenta sus atentos saludos y tiene el honor de notificar el depósito por el Gobierno de la República Dominicana, el 16 de mayo de 2007, de su instrumento de adhesión al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991.
Dicho Convenio internacional entrará en vigor, respecto de la República Dominicana, el 16 de junio de 2007. En esa fecha, la República Dominicana pasará a ser miembro de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, establecida por dicho Convenio Internacional.
A los fines de determinar su parte contributiva en el importe total de las contribuciones anuales al presupuesto de la UPOV, a la República Dominicana le es aplicable un quinto de unidad de contribución (0,2).
16 de mayo de 2007