El Secretario General de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) presenta sus atentos saludos al Señor Ministro de Relaciones Exteriores y tiene el honor de informarle del depósito por el Gobierno de la República de Kenya, el 13 de abril de 1999, de su instrumento de adhesión al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, y el 23 de octubre de 1978.
La República de Kenya no ha sido hasta este momento miembro de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, establecida por dicho Convenio Internacional.
Dicho Convenio Internacional entrará en vigor, respecto de la República de Kenya, el 13 de mayo de 1999. En esa fecha, la República de Kenya será miembro de la UPOV.
A los fines de determinar su parte contributiva en el importe total de las contribuciones anuales al presupuesto de la UPOV, a la República de Kenya le es aplicable un quinto de unidad de contribución (0,2).
13 de abril de 1999