Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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Acta de Estocolmo (1967) | 14 de julio de 1967 | Ratificación : 16 de octubre de 1975 | 24 de enero de 1976 | |
Acta de Niza (1957) | 15 de junio de 1957 | Ratificación : 21 de marzo de 1968 | 18 de diciembre de 1970 | |
Acta de Londres (1934) | 2 de junio de 1934 | Adhesión : 25 de noviembre de 1940 | 21 de enero de 1941 | |
Acta de La Haya (1925) | 6 de noviembre de 1925 | Adhesión : 9 de septiembre de 1930 | 20 de octubre de 1930 | |
Acta de Washington (1911) | Adhesión : 27 de febrero de 1917 | 30 de julio de 1917 |
Acta de Estocolmo (1967): El Gobierno del Reino de Marruecos depositó una notificación en la que indicaba su voluntad de invocar las disposiciones del artículo 18.2) del Arreglo de Madrid (marcas). Esta notificación entró en vigor en la fecha de su recepción, es decir, el 14 de septiembre de 1970. De conformidad con el mencionado artículo, el Reino de Marruecos, miembro de la Unión particular de Madrid, podía ejercer durante cinco años a partir del 26 de abril de 1970, fecha de entrada en vigor del Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), los derechos consagrados en los artículos 10 a 13 del Acta de Estocolmo del Arreglo de Madrid (marcas), como si estuviese obligado por esos artículos. (véase Madrid (Marks) Notification No. 11)
Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Marruecos declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Marruecos cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 18 de diciembre de 1970. (véase Industrial Property 1970, No.12, p.386)
La adhesión al Acta de Londres (1934) se refería a la zona francésa de Marruecos. (véase La Propriété Industrielle 1941, No.1, p.3)