Adhesión por parte de la Unión Soviética: Notificación de continuidad por parte de la Federación de Rusia: 20 de enero de 1992, efectivo a partir del 25 de diciembre de 1991.
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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Acta de Estocolmo (1967) | Adhesión : 15 de marzo de 1976 | 1 de julio de 1976 |
Acta de Estocolmo (1967): De conformidad con el artículo 14(2)(d) y(f) de la mencionada Acta, el Gobierno de la Unión Soviética declaró que la aplicación de la mencionada Acta estará limitada a las marcas registradas a partir del día en que se haya hecho efectiva dicha adhesión. La Federación de Rusia retiró esta declaración el 26 de julio de 1993.
Acta de Estocolmo (1967): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de la Unión Soviética declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a la Unión Soviética cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 1 de julio de 1976. (véase Madrid (Marks) Notification No. 29)
La adhesión al Acta de Estocolmo (1967) estuvo acompañada de la siguiente declaración: "Consideramos que las disposiciones del artículo 14.7) son obsoletas y contrarias a la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1960, mediante la resolución 1514 (XV), en la que se destacó la necesidad de poner fin rápidamente y sin condiciones al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones." (Traducción) (véase Madrid (Marks) Notification No. 29)
Acta de Estocolmo (1967): Fecha de adhesión de la Unión Soviética, seguida de la Federación de Rusia a partir del 25 de diciembre de 1991.