(APROBACIÓN EL TRATADO CON MÉXICO)
DECRETO No 48-98. Aprobado el 26 Junio 1998.
Publicado en La Gaceta No. 121 del 30 Junio 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Tratado de Libre Comercio entre México y Nicaragua el día cuatro de Febrero del corriente año para su aprobación o rechazo conforme lo establece el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política.
II
Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea Nacional de aprobar o rechazar los Convenios, se le ha otorgado con el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales sean debatidos públicamente, por las principales fuerzas políticas, económicas y sociales de la Nación representadas en ese Poder del Estado.
III
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política de acuerdo con la Constancia extendida por la Secretaría de la Asamblea Nacional, sin haber aprobado o rechazado el Tratado de Libre Comercio firmado entre Nicaragua y México.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO:
El siguiente: DECRETO:
Artículo 1.- Apruébase el Tratado de Libre Comercio suscrito por los Presidentes de México y Nicaragua el día 18 de Diciembre de 1997.
Artículo 2.- Ratifícase en toda y cada una de sus partes el Tratado mencionado en el artículo que antecede.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en "La Gaceta, Diario Oficial".
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiséis de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE R.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.