Pero, además, el análisis que debe de hacerse de la similitud entre los signos conlleva un régimen más estricto que el de otro tipo de signos distintivos, por tratarse los productos de medicamentos, o sea productos que buscan mejorar la salud, siendo que en caso de que se cometa un error por parte del consumidor en su acto de consumo, éste le puede acarrear graves consecuencias en su salud o integridad física. En el presente asunto, por tratarse los signos a cotejar del tipo mixto, sea que incluyen una forma tridimensional y un elemento denominativo, conviene aplicar al cotejo un análisis basado en la primera impresión que producen los signos al tenerlos a la vista en forma sucesiva.