RESUMEN DE SENTENCIA SALA CONSTITUCIONAL.
Voto o Sentencia No. 10985-2001 de las 10:44 horas del 26 de octubre del año 2001.
Descriptor: Medida Cautelar. Derecho de Autor.
Restrictor: Legalidad de medida cautelar impuesta a negocio comercial por no contar con licencia respectiva.
Delimitación del Problema: Se plantea un recurso de amparo, porque al recurrente le impusieron una medida cautelar que le impedía reproducir música protegida por la Ley de Protección a los Derechos de Autor. Acusa violación al debido proceso e infracción a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
Solución del caso: Concluye la Sala Constitucional que no existe violación alguna a los derechos del petente o amparado. Porque la Ley de Observación de los Derechos de Propiedad Intelectual, le otorga la posibilidad al Registro Nacional (autoridad recurrida) de iniciar procedimientos sancionatorios por incumplimiento de dicha ley, e imponer las medidas cautelares que considere prudente a efecto de proteger esos derechos. No demostró el recurrente contar con la licencia respectiva para difundir material protegido por dicha ley. Entonces la Administración actuó ajustada a derecho.
Por otro lado alega el recurrente que la Administración no le otorgó la audiencia previa. No obstante y dentro de los procedimientos establecidos en la Ley, la Administración puede escoger -al momento de interponer una medida cautelar en participar o no al infractor- y en caso de no participarlo se le debe notificar dentro de los tres días posteriores a la imposición de una medida cautelar. De manera que puede el amparado ejercer su derecho de defensa y discutir la pertinencia o no de la medida en el procedimiento administrativo.