En una comunicación recibida el 25 de enero de 1968, el Gobierno de Italia notificó al Secretario General su decisión de retirar las reservas formuladas en el momento de la firma a los artículos 6, 7.2), 8, 19, 22.2), 23, 25 y 32 (véase la Serie de los Tratados de las Naciones Unidas, vol. 189, pág. 192).
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"Las disposiciones de los artículos 17 y 18 se reconocen únicamente como recomendaciones."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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