Declaración hecha en el momento de la adhesión:
"El Gobierno de Japón declara que entiende que la situación descrita en la segunda frase del párrafo 3 del artículo 44 puede darse únicamente en un territorio ocupado o en los conflictos armados a los que alude el párrafo 4 del artículo 1. El Gobierno de Japón también declara que la expresión "despliegue" que figura en el párrafo 3.b) del artículo 44 se interpreta en el sentido de todo movimiento hacia un lugar del que ha de lanzarse un ataque. El Gobierno de Japón entiende que la competencia de la Comisión Internacional de Encuesta, que reconoce ipso facto y sin acuerdo especial mediante la declaración adjunta, es efectiva únicamente con respecto a los hechos posteriores a la fecha de tal declaración.”
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013
Declaration provided for under Article 90 of 1977 Additional Protocol I (prior acceptance of the competence of the International Fact-Finding Commission). (August 31, 2004)
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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