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Colección de tratados de PI

Partes Contratantes Convenio sobre la Diversidad Biológica Portugal

Fechas Firma: 13 de junio de 1992 Ratificación: 21 de diciembre de 1993 Entrada en vigor: 21 de marzo de 1994

Información territorial

El 28 de junio de 1999, el Gobierno de Portugal informó al Secretario General de que el Convenio también se aplicará a Macao.
Posteriormente, el Secretario General recibió las comunicaciones siguientes en las fechas mencionadas a continuación:
Portugal (9 de diciembre de 1999):
"De conformidad con la Declaración Conjunta del Gobierno de la República de Portugal y el Gobierno de la República Popular de China sobre la cuestión de Macao, firmada el 13 de abril de 1987, la República de Portugal seguirá ostentando la responsabilidad internacional respecto de Macao hasta el 19 de diciembre de 1999 y, fecha a partir de la cual la República Popular China reanudará el ejercicio de su soberanía sobre Macao, con efecto a partir del 20 de diciembre de 1999.
A partir del 20 de diciembre de 1999, la República Portuguesa dejará de ser responsable de los derechos y obligaciones internacionales derivados de la aplicación del Convenio a Macao."
China (15 de diciembre de 1999):
"De conformidad con la Declaración conjunta del Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de la República de Portugal sobre la cuestión de Macao (en adelante denominada la Declaración Conjunta), el Gobierno de la República Popular China reanudará el ejercicio de su soberanía sobre Macao, con efecto a partir del 20 de diciembre de 1999. A partir de esa fecha, Macao pasará a ser una Región Administrativa Especial de la República Popular China y disfrutará de una amplia autonomía, salvo en materia de asuntos exteriores y de defensa, que serán responsabilidad del Gobierno Central de la República Popular China."
A este respecto, el Gobierno de la República Popular China comunica al Secretario General lo siguiente:
"El Convenio sobre la Diversidad Biológica, hecho en Nairobi el 5 de junio de 1992 (en adelante denominado el "Convenio"), al cual se adhirió el Gobierno de la República Popular de China mediante el depósito de su instrumento de ratificación el 5 de enero de 1993 se aplicará a la Región Administrativa Especial de Macao a partir del 20 de diciembre de 1999.
El Gobierno de la República Popular China asumirá la responsabilidad del respeto de los derechos y obligaciones internacionales dimanantes de la aplicación del Convenio a la Región Administrativa Especial de Macao."
China (Declaración de 9 de mayo de 2011):
"De conformidad con la Ley Fundamental de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, el Gobierno de la República Popular China decide que el presente Convenio se aplique a la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

В связи с этим [правительство Китайской Народной Республики информирует Генерального секретаря о нижеследующем]:
«Конвенция о биологическом разнообразии, подписанная в Найроби 5 июня 1992 г. (далее - "Конвенция"), документ о ратификации которой был сдан на хранение правительством Китайской Народной Республики 5 января 1993 г., будет применяться к Специальному административному району Макао начиная с 20 декабря 1999 г.
Правительство Китайской Народной Республики примет на себя ответственность за международные права и обязательства, вытекающие из применения Конвенции к Специальному административному району Макао».
Китай (Заявление от 9 мая 2011 г.):
«В соответствии с Основным законом Специального административного района Гонконг Китайской Народной Республики правительство Китайской Народной Республики принимает решение о применении положений Конвенции к Специальному административному району Гонконг Китайской Народной Республики».
Перевод, который любезно предоставила ВОИС, © 2014

 


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