Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio
LISTA DE CUESTIONES SOBRE LA OBSERVANCIA
Decisión del Consejo de los AOPIC de 21 de noviembre de 1995
Al facilitar, lo antes posible a partir del momento en que esté obligado a comenza r a
aplicar las disposiciones del ACUerdo sobre los AOP1C relativas a la observancia, Información
sobre la legislación y prácticas nacionales en relación con la observancia, en respuesta a la lista
de cuestiones que se adjunta, cada Miembro deberá Indicar las disposiciones pertinentes de las
leyes y reglamentos nacionales. Cuando la respuesta sea diferente según el derecho de
propiedad intelectual de que se t rate, deberá faci li tarse esa información respecto de cada uno
de los derechos de propiedad intelectual. l a lista de cuestiones sigue la estructura de la Parte
111del Acuerdo sobre los AOPIC; al examinar cual seria la Información pertinente en respuesta
a las cuestiones que figuran en ella, los Miembros pueden consultar la disposición
correspondiente de la Parte lit del Acuerdo sobre los AOPIC relativa a la observancia de los
derechos de propiedad intelectual.
El Consejo, a la luz de la experiencia adquirida, eICaminará a finales de 1997, la lista de
cuestiones, con objeto, entre otras cosas, de identificar los elementos que hayan resultado
Injustificadamente onerosos en función de la utilidad de la información facilitada.
PROCEDIMIENTOS VRECURSOS CIVilES YADMINISTRATIVOS
a) Procedimientos y recursos judiciales civiles
1. Sírvanse indicar los tribunales que t ienen competencia en casos de infracción de los derechos
de propiedad intelectual.
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los Juzgados y Tribunales con competencia en materia civil.
2.lQué personas están legitimadas para hacer valer derechos de propiedad Intelectual1lCómo
pueden estar representadas esas personas? ¿Hay disposiciones que prescriban la comparecencia
personal obligatoria del titular del derecho ante el tribunal?
Está legitimado el titular del Derecho. En cuanto a la comparecencia, la normativa procesal
establece como regla la comparecencia personal del titular del derecho, sin perjuicio de admitir la
comparecencia por representante o las entidades colectivas, cuando se justifica la razón . la
representación para litigar se debe conferir por medio de poder otorgado en escritura pública a
un abogado o procurador. En el caso de derechos de autor y conexos, la representación de las
entidades de gestión colectiva estará regulada por los términos que resulten de sus propios
estatutos pero deben acreditar por escrito que los titulares de los derechos que pretenden ejercer
les confiaron su administración.
Textos legales: Art. 88 de la ley W 17.011, Art. 99 de la ley W 17.164, Ley Nq 9.739 en la
redacción dada por la Ley N217.616 y arts. 11 y 38, 44 Y340.1 del Código General del Proceso
(CGP).
3. lQué facultades tienen las autoridades judiciales para ordenar a una parte en un
procedimiento, a petición de la parte contraria, que aporte pruebas que estén bajo su control?
Art. 168 CGP -la parte podrá pedir al Tribunal que intime la presentación de las pruebas que estén
en poder de su adversario en el plazo que el Tribunal determine . SI la prueba no es aportada, esta
conducta procesal se tendrá como presunción en contra .
4. ¿Qué medios se prevén para identificar y proteger la Información confidencial aportada como
prueba?
En el ámbito civil, no hay regla especifica.
5. Sirvanse describir las medidas cuya adopción puede ser ordenada por las autoridades
judiciales y los criterios, legislativos o jurisprudenciales, sobre su utilización:
-mandamientos judiciales;
-órdenes de resarcimiento de daños y perjuicios, con inclusión de la reparación por concepto de
beneficios y los gastos, comprendidos los honorarios de los abogados;
-destrucción o apartamiento por cualquier otro medio de los circuitos comerciales de las
mercancías infractoras y de los materiales e instrumentos utilizados pata su producción;
-otras medidas.
La Justicia ordina ria está facultada a condenar a los infractores de derechos de propiedad
industrial en daños y perju1cios cuando exista culpa o dolo. La condena en costas y costos se
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puede producir sólo en casos de mala fe o ligereza culpable. Estas medidas están previstas en los
Arts. 84 y 87 de la ley N" 17.011 y arts. 99, 100 Y102 de la l ey N° 17.164 Yen el Código Civi! en los
arts. 1.319, 1.323 Y1.324, donde se prevé en general la responsabilidad y el resarcimiento de los
daños y perjuicios en caso de culpa o dolo.
En el caso de Derechos de Autor, los arts. 16, 17 Y 18 de la ley N" 17.616 prevén la inspección
judicial a instancia de parte; la potestad del Juez de decretar el allanamiento de la finca que se
denuncia, sin contracautela y sin noticia de la otra parte, y las medidas cautelares.
6. ¿En qué circunstancias están, en su caso, las autoridades judiciales facultadas para ordenar al
infractor que Informe al titular del derecho sobre la Identidad de los terceros que hayan
participado en la producción y distribución de los bienes o servicios respecto de los cuales se haya determinado que se trata de bienes o servicios infractores, y sobre sus circuitos de
distribución?
No está previsto en el derecho uruguayo.
7. Sírvanse describir las disposiciones relativas a la indemnización a los demandados a los que se
haya impuesto indebidamente una obligación. ¿En qué medida son responsables las autoridades
ylo funcionarios públicos en tal caso y qué "medidas correctivas" les son aplicables?
Las disposiciones relativas a la responsabilidad civil en la que se puede incurrIr son las generales de la responsabilidad de los funcionarios públicos, que Incluyen a los Jueces y están previstas en los
aro. 23 a 25 de la Constitución y, segun jurisprudencia mayoritaria, en el arto1.319 del Código
Civil, de lo que se deriva que se requiere actuación cul posa, cuando menos, para ser
responsabilizado. También es posible que la conducta del funcionario determine su
responsabilidad administrativa y/o penal, según las circunstancias del caso. ,
8. a) Sírvanse describir las disposicIones que regulan la duración y costo de los procedimientos
y facilitar los datos de que dispongan sobre la duración real de los procedimIentos y su costo.
la duración de los procedimientos está regulada en los arts.62 y siguientes del Código General del
Proceso, los costos de los mismos dependerá del monto del asunto .
b) Procedimientos y remedios administrativos
9. Slrvanse facilitar los datos solicitados en las respuestas anteriores en relación con los
procedimientos administrativos referentes al fondo de un caso y con los remedios que puedan
ordenarse a resultas de esos procedimientos.
MEDIDAS PROVISIONALES
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A) medidas judiciales
10. Sírvanse describir los tipos de medidas provisionales cuya adopción puede ser ordenada por
las autoridades judiciales, asf como el fundamento Jurídico de esa facultad.
En general, las medidas provisionales tienden a evitar la frustración de la tutela del derecho y, en
sede de propiedad intelectual, las mas frecuentes son aquellas que persiguen el cese de la
actividad ilícita que, a veces, puede incluir el secuestro de la mercadería en infracción. El
fundamento de esa facultad es precisamente evitar que, al culminar el proceso que se debe
promover bajo apercibimiento de caducidad de la medida, la tutela del derecho se torne ilusoria o
evitar que se siga produciendo la violación del derecho durante el proceso. la normativa legal se
encuentra en el Código General del Proceso, Titulo ti "Proceso Cautelar" aro. 311 a 317, arto 103
de la ley W17.164.
11. ¿En qué circunstancias puede ordenarse la adopción de esas medidas inaudita altera parte?
La regla es que se decreten sin conocimiento ni intervención de la contraparte, sin perjuicio del
derecho del afectado de recurrirlas o de ofrecer garantías sustitutivas o de pedir su modificación,
sustitución o cese por vía incidental (arts. 313 y 315 CGP).
12.Sírvanse describir el procedimiento principal para iniciar el proceso de adopción de medidas
provisionales, ordenar su adopción y mantenerlas en aplicación, y especialmente los plazos
pertinentes y las medidas de salvaguardia para proteger los intereses legítimos del demandado.
Para solicitar la adopción de una medida provisional el promotor deberá acreditar sumariamente
la existencia del derecho y el peligro de lesión o frustración de ese derecho y ofrecer contra
cautela suficiente para garantizar los eventuales perjuicios que se le podrían causar al demandado.
Una vez que el Juez estima cumplidos dichos requisitos (solo puede exonerar excepcionalmente de
la prestación de contra cautela), dispone la medida y, una vez cumplida, la debe notificar al afectado. Por otro lado, si la medida fue solicitada como previa a un proceso, caduca de pleno
derecho si no se presenta la demanda dentro de los 30 dlas de cumplida (CGP, arts. 311 a 315).
13. ¿Cuáles son normalmente la duración y el costo del procedimiento?
b) Medidas administrativas
14. Sírvanse facilitar los datos solicitados en las preguntas anteriores en relación con las medidas
provisionales administrativas.
PRESCRIPCIONES ESPECIALES RELACIONADAS CON lAS MEDIDAS EN FRONTERA
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15.Sfrvanse indicar respecto de qué mercancías puede solicitarse la suspensión por las
autoridades aduaneras de su despacho para libre circulación, y especialmente si cabe también
recurrir a ese procedimiento en relación con mercancfas que entrañen Infracciones de los
derechos de propiedad intelectual distintas de las que entrañan las mercancfas de marca de
fábrica o de comercio falsificadas o las mercancías pirata que lesionan el derecho de autor, en el
sentido del Acuerdo sobre los AOPIC (nota a pie de página al artículo 51). Sfrvanse indicar,
juntamente con los criterios pertinentes, las importaciones a las que no es aplicable ese procedImiento (mercancfas de otro Miembro, una unión aduanera, mercancias en tránsito o
importaciones de minimis). ¿Es aplicable el procedimiento a las Importaciones de mercandas
colocadas en el mercado de otro país por el titular del derecho o con su consentimiento y a las mercancfas destinadas a la exportación?
5010 existe para los derechos de autor y conexos que prevé que la Dirección Nacional de Aduanas o el titular del derecho pueden solicitar medidas especiales de contralor, secuestro preventivo o
suspensión precautoria del despacho aduanero al Juez letrado competente que dispone de 24
horas para resolver sin necesidad de requerIr contra cautela. Para el caso de que la medida
hubiera sido pedida por la Dirección Nacional de Aduanas, se debe notificar a los interesados y si
no promueven acciones civil o penal, se deja sIn efecto (arto 63 de la ley NI! 9.739 en redacción dada por arto 2S de la ley N2 17.616).
16.Sírvanse describir los prlndpales elementos del procedimiento relativo a la suspensión del
despacho de aduana de las mercancías por las autoridades aduaneras, particularmente en lo
que respecta a las autoridades competentes (artículo 51), los requisitos que ha de reunir la
solicitud a tal efecto (articulo 52) y las diversas prescripciones relativas a la duración de la
suspensión (artículo SS) . ¿Cómo se han aplicado los artkulos 53 (fianza o garantía equivalente),
56 (indemnización al importador y al propietario de las mercancias) y 57 (derecho de inspección
e Información)?
17. Sírvanse describir las disposiciones que regulan la duración y costo de los procedimientos y
facilitar los datos de que dispongan sobre la duración real de los procedimientos y su costo. ¿Cuál es el período de validez de las decisiones de las autoridades competentes para las que se
suspende el despacho de las mercandas para libre circulación?
18. ¿Están obligadas las autoridades competentes a actuar por propia iniciativa y, en tal caso, en
qué circunstancias? ¿Hay disposiciones especiales aplicables a la actuación de oficio?
Solo en el ámbito penal.·
19. Sírvanse describir las medidas cuya adopción puede ser ordenada por las autoridades
competentes y los criterios que regulen su aplicación.
PROCEDIMIENTOS PENALES
20. Sírvanse Indicar los tribunales que tienen competencia en casos de infracción penal de los
derechos de propiedad intelectual.
s
los Juzgados y Tribunales con competencia en materia penal.
21. lEn relación con qué Infracciones de derechos de propiedad Intelectual y de qué derechos de
esa naturaleza se prevé la aplicación de procedimientos y sanciones penales?
los pre... istos en el Capítulo XIV, artículos 81 a 89 de la ley N!! 17.011, en los artículos 106 y 107 de
la ley W 17.164 y en los artículos 46 a 52, de la ley W 9.739, en la redacción dada por la l ey N° 17.616.
22. ¿Cuales son las autoridades publicas competentes para la iniciación de procedimientos
penales? ¿Están obligadas a iniciarlos por propia iniciativa y a raíz de reclamaciones?
El Ministerio Público puede promover el procedimiento penal. la Policía y la Aduana pueden
realizar la denuncia ante la autoridad judicial competente
23. ¿Hay particulares que estén legitimados para entablar procedimientos penales y, de ser así,
quiénes están legitimados para hacerlo?
los delitos previstos en las leyes antes mencionadas son perseguibles a instancia de parte . la
parte deberá efectuar la denuncia ante la autoridad judicial competente.
24. Sírvanse indicar, si es necesario por categorías de derechos de propiedad intelectual y tipos
de infracción, las sanciones y otras medidas correctivas que pueden imponerse:
-prisión;
-sanciones pecuniarias;
-confiscación, decomiso y destrucción de las mercancías infractoras y de los materiales y accesorios utilizados para su producción;
-otras medidas.
Todas las medidas indicadas están previstas en los articulas 81 a 88 de la ley W 17.011; artículos
99 a 107 de la ley W 17.164 y artículos 46 a 52, de la ley Na 9.739, en la redacción dada por la ley
W 17.616.
25. Sírvanse describir las disposiciones que regulan la duración y el costo del procedimiento y
facilitar los datos de que dispongan, en su caso, sobre la duración feal del procedImiento y su
costo.
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